El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía asume desde principios de octubre las competencias de Protección de Datos en el ámbito del sector público autonómico

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Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, que fue aprobado el año 2007, reconoció explícitamente el “derecho de todas las personas al acceso, corrección y cancelación de sus datos personales en poder de las Administraciones públicas andaluzas” (artículo 32). En consonancia con la consagración de este derecho, el Estatuto atribuyó a la Comunidad Autónoma ya en ese año “la competencia ejecutiva sobre protección de datos de carácter personal, gestionados por las instituciones autonómicas de Andalucía, Administración autonómica, Administraciones locales, y otras entidades de derecho público y privado dependientes de cualquiera de ellas, así como por las universidades del sistema universitario andaluz” (artículo 82).

La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía ha venido a asignar dicha competencia al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Según establece su artículo 43.1, el Consejo es la “autoridad independiente de control en materia de protección de datos (…) en la Comunidad Autónoma de Andalucía”.

De ahí que entre las atribuciones que dicha Ley encomienda a la Dirección del Consejo se incluya:

  • “desempeñar las funciones previstas en la legislación sobre protección de datos para su ejercicio por las agencias autonómicas en su caso” [art 48.1.i),
  • “resolver las consultas que en materia de (…) protección de datos le planteen las administraciones y entidades sujetas a esta Ley” [art. 48.1.e)].

Sin embargo, la asunción efectiva por parte de este Consejo de la competencia en materia de protección de datos quedó diferida en virtud de lo establecido en la Disposición transitoria tercera del Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

La Orden de 1 de agosto de 2019, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, ha venido a fijar el 1 de octubre de 2019 como la fecha de inicio del ejercicio de las funciones en materia de protección de datos por parte del Consejo.

A partir de entonces, corresponderá al Consejo desempeñar tales funciones respecto de los tratamientos de los que sean responsables las instituciones autonómicas de Andalucía, la Administración de la Junta de Andalucía, la Administración Local en Andalucía y otras entidades dependientes de cualquiera de ellas, así como las universidades del sistema universitario andaluz, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOJA núm. 154, de 12 de agosto de 2019).

Puede obtener más información sobre el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en su web https://www.ctpdandalucia.es/.

Fuente: https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

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